Circular 586, Ministerio de Educación
Este documento aborda la promoción de la inclusión, la atención integral y la protección de los derechos de los párvulos y estudiantes con trastorno del espectro autista en Chile. Este texto es fundamental para garantizar que todos los niños y jóvenes tengan acceso a una educación de calidad y a un entorno que respete sus derechos.
¿Cuáles son las principales leyes mencionadas en el documento que apoyan la inclusión educativa?
- Ley General de Educación: Esta ley establece que el sistema educativo debe garantizar el derecho a la educación y la igualdad de oportunidades, promoviendo la inclusión de estudiantes con necesidades educativas especiales , .
- Ley N° 21.545: Publicada el 10 de marzo de 2023, esta ley tiene como objetivo asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades y la inclusión social de las personas con trastorno del espectro autista, eliminando cualquier forma de discriminación y promoviendo un abordaje integral en los ámbitos social, de salud y educación .
- Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: Este tratado internacional reconoce el derecho a la educación sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, comprometiendo a los Estados a asegurar que ninguna persona quede excluida de los sistemas educativos por motivo de discapacidad
¿Qué medidas se proponen para la atención integral de estudiantes Autistas?
Estas medidas buscan garantizar un entorno educativo inclusivo y respetuoso, que favorezca el desarrollo integral de los estudiantes con trastorno del espectro autista.
Plan de Acompañamiento Emocional y Conductual: Los establecimientos educativos deben contar con un plan de manejo individual para identificar y evitar situaciones que puedan desencadenar conductas y desregulaciones emocionales en los estudiantes diagnosticados con trastorno del espectro autista .
Promoción de la Autonomía Progresiva: Se debe apoyar a los párvulos y estudiantes autistas en las actividades de autocuidado, ayudándoles a alcanzar la autonomía en estas acciones sin que la necesidad de apoyo se convierta en una barrera para su acceso y participación en el contexto educativo .
Concientización de la Comunidad Educativa: Los establecimientos deben contar con carteles y otros formatos de comunicación que indiquen que las personas con trastorno del espectro autista deben recibir un trato digno y respetuoso. Además, se debe adoptar un lenguaje claro y sencillo en la atención que se les brinde .
Difusión de Información a Padres y Apoderados: Durante los primeros meses de cada año escolar, las entidades sostenedoras deben enviar comunicados a los padres y apoderados sobre la importancia de un trato digno y respetuoso hacia los estudiantes autistas, enfatizando la necesidad de considerar las particularidades de cada establecimiento educativo